Consideración de abusiva de una cláusula de vencimiento anticipado

En algunos contratos de préstamo hipotecario, es posible encontrar la denominada cláusula de vencimiento anticipado, por la cual se otorga la posibilidad al acreedor hipotecario de adelantar el vencimiento de la totalidad del préstamo respecto al plazo establecido en el contrato. Este vencimiento anticipado se basa en un incumplimiento del deudor en alguna de sus obligaciones, normalmente en las que se refieren al pago.

Existen casos en los cuales la jurisprudencia se ha enfrentado al planteamiento como abusiva de este tipo de cláusulas. La consideración como tal de una cláusula de vencimiento anticipado daría lugar, de acuerdo a lo manifestado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a que el deudor afectado pueda formular una oposición a la posible ejecución de la hipoteca instada por el acreedor en razón del impago del primero del capital o los intereses del préstamo. La resolución de los Tribunales se basa en varios criterios entre los que se encuentra la relación entre el porcentaje de cuotas impagadas y el plazo que resta para concluir el préstamo, ya que de ello se puede concluir la gravedad del incumplimiento y la declaración como abusiva de este tipo de cláusula.  

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