NATURALEZA DE LA INSCRIPCIÓN CONSTITUTIVA

¿Qué papel juega la inscripción, cuando es constitutiva, en el iter adquisitivo del derecho real?


Los autores españoles que se ocupan del problema califican a la inscripción de condicio iuris.


Fijémonos, concretamente, en la inscripción de hipoteca. El negocio de creación de título inscribible vincula a las partes, cada una de las cuales no puede ya revocarlo unilateralmente, ni menos impedir a la otra la práctica de la inscripción. En este sentido, no cabe decir que ésta sea una forma de la declaración de voluntad prestada en el contrato de hipoteca; puesto que el contrato, existente antes de la inscripción, es ya perfecto y ha sido expresado en su forma propia. Bajo este prisma, tampoco puede decirse que la inscripción sea materia del negocio (una declaración accesoria de voluntad dirigida a la constitución de la hipoteca). Por el contrario, la voluntad de creación de la hipoteca se encuentra recogida en la escritura, y la exteriorización de la voluntad de inscribir que inicia el proceso de inscripción está dirigida a lograr un resultado formal: la práctica del asiento, no los efectos materiales del mismo.


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